Dando cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, de Transparencia y acceso a la información pública, a continuación se listan los criterios mínimos a publicar, con sus respectivos enlaces.
1. Mecanismos de contacto
1.1. Mecanismos para la atención al ciudadano.
1.2. Localización física, sucursales o regionales, horarios y días de atención al publico.
1.3. Correo electrónico para notificaciones judiciales.
1.4. Política de seguridad de la información del sitio web y protección de datos personales
1.5. Directorio de servidores públicos, empleados y contratistas
2. Información de interés
4. Normatividad
4.1. Normatividad.
7. Control
7.1. Información de gestión, evaluación y auditoria.
7.2. Reportes de control interno.
7.4. Entes de control y mecanismos de supervisión.
7.5. Información para población vulnerable.
8. Contratación
10. Instrumentos de gestión de la información pública
10.1. Instrumentos de gestión de información publica.
10.2. Registros de activos de información.
10.3. Índice de información clasificada y reservada.
10.4. Esquema de publicación de información.
10.5. Programa de gestión documental.
10.6. Tablas de retención documental.
10.7. Registro de publicaciones.
10.9. Mecanismos para presentar quejas y reclamos en relación con omisiones y acciones.